viernes, 26 de diciembre de 2014


 Es un tipo de educación que permite un conocimiento de la manera de entender y asumir el papel de cada persona en su calidad de ciudadano de un país, al asumir responsabilidades y derechos sociales y políticos. La educación cívica también fomenta el respeto por los valores nacionales y fortalece el conocimiento de los iconos de una nación.
La educación cívica capacita a las personas para lograr su participación como ciudadanos de su país. Busca que desde pequeños, los niños manejen conceptos que les permitan enfrentar problemas sociales, al aprender a manejar sus emociones y, a través de hábitos, lograr controlar su manera de proceder ante las situaciones de la vida. También es parte de la educación cívica, lograr inculcar valores en las personas desde su infancia. La idea es que desarrollen sentimientos de compasión y sentido de la solidaridad, además de capacidad de servicio. El objetivo es ayudar al individuo a desarrollar capacidades para buscar soluciones a los problemas por medio de aprendizaje teórico y práctico.
Según estudios, la educación cívica en la niñez se divide en tres factores importantes: educación de la personalidad, de la convivencia y de la ciudadanía. 




Lograr estos objetivos es tarea de toda la educación básica, de la familia y de la sociedad, y no de una asignatura específica. Sin embargo, es necesario que el carácter global de la formación cívica tenga un referente organizado y orientaciones claras, para evitar el riesgo de que la formación se diluya y se realice en forma ocasional. El restablecimiento de Educación Cívica como asignatura del plan de estudios, pretende recuperar su carácter de proceso intencionado y con propósitos definidos. En el programa de esta asignatura se organizan los contenidos educativos (conocimientos, valores, habilidades y actitudes) para que el maestro y los padres de familia los tengan presentes y les dediquen atención especial en todos los ámbitos (aula, escuela y familia).
La orientación y los propósitos de la asignatura de Educación Cívica se desprenden directamente de los principios que se establecen a continuación:
  • La educación que imparta el Estado será laica y, por tanto, "se mantendrá ajena por completo a cualquier doctrina religiosa"; será democrática, "considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo". 
  • La educación deberá fortalecer en el educando la conciencia nacional y el amor a la patria, "atendiendo a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura"; al mismo tiempo fomentará la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y la justicia. 
  • La educación deberá contribuir a la mejor convivencia humana, fortaleciendo en el educando el aprecio por la dignidad de la persona y la integridad de la familia, así como la convicción del interés general de la sociedad y de los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los seres humanos, sin privilegios de razas, religión, grupos, sexos o individuos. 

Aspectos de la educación cívica 
Los contenidos de Educación Cívica abarcan cuatro aspectos íntimamente relacionados que, en su mayor parte, se abordan simultáneamente a lo largo de la educación primaria.

Formación de valores 

En este aspecto se agrupan los valores y actitudes que deben formarse en los alumnos a lo largo de la educación primaria. Se busca que los alumnos comprendan y asuman como principios de sus acciones y de sus relaciones con los demás, los valores que la humanidad ha creado y consagrado como producto de su historia: respeto y aprecio por la dignidad humana, libertad, justicia, igualdad, solidaridad, tolerancia, honestidad y apego a la verdad.
La formación de estos valores sólo puede percibirse a través de las actitudes que los alumnos manifiestan en sus acciones y en las opiniones que formulan espontáneamente respecto a los hechos o situaciones de los que se enteran. Por esta razón, este aspecto de la educación cívica requiere de un tratamiento vivencial.
El estudio del significado de los valores y de sus fundamentos es uno de los elementos que contribuyen a la formación cívica. Sin embargo, ese estudio sólo tiene sentido si en cada una de las acciones y procesos que transcurren en el aula y en la escuela se muestran con el ejemplo y se experimentan nuevas formas de convivencia, cuyas bases sean el respeto a la dignidad humana, el diálogo, la tolerancia y el cumplimiento de los acuerdos entre individuos libres.
Los contenidos de este aspecto están presentes en todos los grados, asociados a situaciones posibles en la vida escolar: trabajo en equipo, asambleas del grupo escolar, solución de conflictos, etcétera.
La relación entre compañeros, la relación entre el maestro, el alumno y el grupo, el modo de resolver los conflictos cotidianos, la importancia que se le da a la participación de los alumnos en la clase, el juego, en suma, toda la actividad escolar y la que se realiza fuera de la escuela son espacios para la formación de valores.


Conocimiento y comprensión de los derechos y deberes 

En este aspecto se presentan los contenidos referentes a las normas que regulan la vida social, los derechos y obligaciones de los dominicanos. El propósito es que el alumno conozca y comprenda los derechos que tiene como mexicano y como ser humano. Asimismo, debe comprender que al ejercer sus derechos adquiere compromisos y obligaciones con los demás, reconociendo la dualidad derecho-deber como la base de las relaciones sociales y de la permanencia de la sociedad.
Los contenidos que se estudian durante la escuela primaria se refieren a los derechos individuales y a los derechos sociales.
Los derechos individuales son aquellos que protegen la vida, la libertad, la igualdad ante la ley y la integridad física de cada hombre o mujer; abarcan las libertades esenciales de expresión, de pensamiento, de creencias, de manifestación, de reunión, de trabajo, etcétera, es decir, los derechos humanos universales que nuestra Constitución consagra como garantías individuales, las cuales son inviolables e imprescriptibles bajo cualquier circunstancia. En este rubro los contenidos remiten a los Derechos Humanos y a los Derechos del Niño.
Los derechos sociales son los que se refieren a la educación, a la salud, a un salario suficiente, a la vivienda, etcétera, y se establecen en diversos artículos constitucionales.
Al estudiar los derechos individuales y sociales se busca también que el alumno identifique situaciones que representan violaciones a esos derechos u obstáculos para su ejercicio, así como que conozca los recursos legales para protegerlos.
Conocimiento de las instituciones y de los rasgos principales que caracterizan la organización política de República Dominicana, desde el municipio hasta la Federación.
Este aspecto, que complementa el anterior, trata de las características y funciones de las instituciones encargadas de promover y garantizar el cumplimiento de los derechos de los dominicanos y de las normas jurídicas.
En este aspecto se estudian las instituciones del Estado y de la sociedad. Se busca que el alumno se introduzca en el conocimiento de los rasgos más importantes de la organización del país: el federalismo, la división de poderes, la organización municipal, la elección democrática de los gobernantes. Asimismo, se introduce el estudio de los tipos de organizaciones sociales más importantes en las que participan los dominicanos.
Para desarrollar el tratamiento de estos contenidos se parte de las instituciones próximas al alumno (la familia, la escuela, los grupos de amigos) hasta llegar al estudio de las instituciones nacionales y los organismos internacionales.
No se trata de realizar un estudio descriptivo de las instituciones, sino de conocer sus funciones y sus relaciones presentes o posibles con la vida de los alumnos, sus familiares o la comunidad a la que pertenecen.

Fortalecimiento de la identidad nacional 


Este aspecto pretende que el alumno se reconozca como parte de una comunidad nacional caracterizada por la pluralidad de pensamientos, la diversidad regional, cultural y social, pero que al mismo tiempo comparte rasgos y valores comunes que la definen.
Los contenidos de este aspecto se refieren a las costumbres y tradiciones, a los ideales que han estado presentes a lo largo de nuestra historia y a los principios de la relación de República Dominicana con otros países (independencia política, soberanía y solidaridad internacional basada en la independencia y la justicia, etcétera). Al estudiarlos se pretende también que los alumnos comprendan que los rasgos y valores que caracterizan a República Dominicana son producto de la historia del país y de la participación que en ella tuvieron sus antepasados.
Al desarrollo de los contenidos a los que se refiere este aspecto contribuyen el estudio de la historia y la geografía de República Dominicana y del mundo.
La reflexión sobre la noción de identidad nacional inicia con temas relativos a las costumbres, las tradiciones y la lengua, para arribar después a la formación de nociones más abstractas como la de Estado-Nación.
Los contenidos de Educación Cívica para el primer y segundo grado buscan fortalecer el proceso de socializan del niño, al estimular actitudes de participación, colaboración, tolerancia y respeto en todas las actividades que realice. En ambos grados se introducen las nociones de diversidad, derechos y deberes asociadas a espacios en los que participan los alumnos y a sus intereses; en particular, se introduce el estudio de los derechos de la niñez. Estos contenidos se desarrollan en forma integrada con los de Historia, Ciencias Naturales y Geografía.
Buena parte de los contenidos se estudian en los dos grados. Ello no significa que deban repetirse, sino que los propósitos formativos serán reforzados a través de actividades con matices y profundidad diferente en cada grado.
A partir del tercer grado los contenidos se tratan con cierta autonomía respecto a las otras asignaturas, pero recuperando sus aportaciones para propiciar la formación integral del educando.
En el mismo grado se comienza un estudio más sistemático de la República Dominicana, su diversidad y la legalidad que la rige, partiendo de la localidad, el municipio y la entidad. Se destaca el conocimiento de los derechos de la niñez y de los ciudadanos.

lunes, 22 de diciembre de 2014

Derechos

Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en la sociedad inspirada en postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos. Esta definición da cuenta del derecho positivo, pero no su fundamento, es por ello que juristas, filósofos y teóricos del Derecho han propuesto a lo largo de la historia diversas definiciones alternativas y distintas teorías jurídicas sin que exista, hasta el día de hoy, consenso sobre su validez. El problema de «validez» del fundamento del Derecho se resuelve airosamente al integrar el valor justicia en su concepto. El concepto del Derecho es estudiado por la Filosofía del Derecho. La validez de los conceptos jurídicos y metajurídicos son estudiadas por la teoría del Derecho.
Los conceptos del derecho positivo y el derecho vigente se pueden reducir a que el primero es el que se aplica y el segundo es el que el órgano legislativo establece para ser obedecido en tanto dure su vigencia, mientras no sea sustituido por medio de la abogación o derogación. Por lo tanto no todo derecho vigente es positivo, ya que hay normas jurídicas que tienen poca aplicación práctica; es decir, no es derecho positivo pero si es derecho vigente.
Desde el punto de vista objetivo, díce se del conjunto de leyes, reglamentos y demás resoluciones, de carácter permanente y obligatorio, creadas por el Estado para la conservación del orden social. Esto es, teniendo en cuenta la validez, es decir, si se ha llevado a cabo el procedimiento adecuado para su creación, independientemente de su eficacia (si es acatada o no) y de su ideal axiológico (si busca concretar un valor como la justicia, la paz, el orden, etc.).
El derecho objetivo puede responder a distintas significaciones:
  • El conjunto de reglas que rigen la convivencia de los hombres en sociedad.
  • Norma o conjunto de normas que por una parte otorgan derechos o facultades y por la otra, correlativamente, establecen o imponen obligaciones.
  • Conjunto de normas que regulan la conducta de los hombres, con el objeto de establecer un ordenamiento justo de convivencia humana.
El derecho subjetivo se puede decir que es:
  • La facultad que tiene un sujeto para ejecutar un acto con determinada conducta o abstenerse de ella, o para exigir de otro sujeto el cumplimiento de su deber.
  • La facultad, la potestad o autorización que conforme a la norma jurídica tiene un sujeto frente a otro u otros sujetos, ya sea para desarrollar su propia actividad o determinar la de aquellos.
  • Es una concesión de autoridad otorgada por una norma jurídica una persona o grupo en virtud de la cual queda legitimada para desplegar una determinada conducta sobre una o más personas o cosas.
El derecho subjetivo se clasifica en:
  • Derechos políticos (Derecho de sufragio, a ser electo, a asociarse políticamente y a ser jurado).
  • Derechos privados, que se subclasifican en:
    • Derechos personales o créditos (aquellos de donde nacen las obligaciones correlativas).
    • Derechos reales (aquellos que se ejercen sobre cosas, sin respecto a determinada persona).

domingo, 21 de diciembre de 2014

deberes


                                                                                                                                                                                                                     se denomina deber o deberes a la responsabilidad de un individuo frente a otro, aunque este otro puede ser una persona física (un par) o una persona jurídica (empresa, organización), incluso el mismo Estado. El deber siempre es establecido de manera previa a contraer la responsabilidad, y espera del individuo una conducta o una acción que favorezca su cumplimiento. Caso contrario, existe en cualquier caso, la sanción o castigo por haber incumplido dichas responsabilidades.
Existen varios ejemplos que podemos citar para graficar este término, y cada uno de ellos hace referencia a un tipo diferente de deber. En primer lugar, podemos identificar el deber social, que cada uno de nosotros tenemos como ciudadanos de una determinada ciudad, y a nivel general, de una nación. Son muchos los textos de constituciones nacionales que, en sus primeros artículos establecen no sólo los derechos si no también los deberes de todos los ciudadanos que habitan dicho territorio. El deber es el contrapeso del derecho. Por ejemplo, yo tengo derecho a recibir información, a difundirla y a buscarla, pero también es mi deber difundir una información cuando la tengo, para que otros pueda gozar de su derecho a recibir.En otro caso, el deber está relacionado al ámbito escolar, y supone la realización de tareas fuera del tiempo de clases, como forma de reforzar o afianzar la aprehensión de conocimientos, a través de ejercicios de análisis, comparación, aplicación de teorías o reglas, interpretación, lectura, escritura, relación con la realidad, entre otros fines buscados.
También existe el deber tributario, que es aquel que todo ciudadano debe abonar al fisco (la administración fiscal del Estado) por la propiedad privada, la propiedad intelectual, la explotación de un comercio, la contratación de empleados, la posesión de un automóvil o motocicleta, la condición de trabajador autónomo, etc. Son lo que comúnmente podemos llamar tasas y contribuciones al Estado, impuestos a las ganancias o responsabilidades impositivas.
El incumplimiento de alguno de estos deberes supone diferentes sanciones o castigos, según los casos. En el caso social, el cumplimiento de una condena por un delito o el resarcimiento económico por un daño causado a un tercero (dependiendo si es responsabilidad civil o responsabilidad penal) pueden ser algunas sanciones. En el caso escolar, la obtención de una mala calificación o la asignación de tareas extras, pueden ser ejemplos de sanciones. Por último, para el caso tributario, el cobro de excedentes o la suspensión de la actividad en un comercio, por ejemplo, pueden ser sanciones plausibles de ser concretadas en la realidad.

sábado, 20 de diciembre de 2014

Derechos humanos




Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Estos derechos, que están dentro en la Constitución y de las leyes, deben ser reconocidos por el Estado.
Todos estamos obligados a respetar los Derechos Humanos de los demás. Sin embargo, según el mandato constitucional, quienes deben cumplirlas mas son las autoridades, es decir, los hombres y mujeres tienen la función de servidores públicos.
  • Características
    • Son universales porque pertenecen a todas las personas, sin importar su sexo, edad, etc...
    • Son incondicionales porque comienzan justo donde comienzan los derechos de los demas.
    • Son inalienables porque no pueden perderse ni transferirse por propia voluntad; son inherentes a la idea de dignidad del hombre.
  • Nuestros derechos
  • Los derechos de las personas de la tercera edad .-
Considerando el papel del anciano en la sociedad y en los distintos ámbito culturales debe replantearse con la finalidad de que sea reconocido y dignificado. Para lograr este objetivo, es necesario encontrar formas eficaces y prácticas para reintegrar a los ancianos a la vida social y económica de la sociedad, de manera que puedan participar y disfrutar plenamente de sus derechos.
  • Los derechos de los niños .-
Con el propósito de ofrecer a los niños y niñas una infancia feliz que les permita un desarrollo físico, mental, moral, espiritual y social.
  • Los derechos de la mujer .-
La Comisión Nacional de Derechos Humanos cuenta con el Programa sobre Asuntos de la Mujer, el cual persigue los siguientes objetivos:
- Atender oportuna y eficazmente las quejas y consultas sobre violación a sus derechos humanos.
- Dar mensajes sobre conductas de violencia o maltrato. Etc....
  • Los derechos de las personas indiscapatisadas .-
La Comisión Nacional de Derechos Humanos cuenta con un equipo de trabajo, integrado por visitadores adjuntos especializados para atender las quejas sobre violaciones a las garantías fundamentales de las personas con discapacidad.
  • Los derechos de los indígenas .-
La Comisión Nacional de Derechos Humanos cuenta con una Visitaduría General especializada para atender las garantías fundamentales de los pueblos indígenas, con pleno respeto a sus culturas, lenguas, costumbres y formas de organización social.
  • Algunos derechos humanos
'Deberes y derechos humanos'
    • Derecho ala vida .-
    • 'Deberes y derechos humanos'

      Derecho ala educación .-
Todos tenemos derecho a estudiar, la educación primaria y secundaria son obligatorias
    • Derecho al trabajo .-
'Deberes y derechos humanos'

Todos tenemos el derecho de elegir el trabajo que queramos, siempre y cuando que sea legal.
    • 'Deberes y derechos humanos'

      Derecho a la igualdad.-
El varon y la mujer son iguales ante la ley, esto ambien se da con el tipo de raza o nacionalidad.
    • Derecho a la salud .-
'Deberes y derechos humanos'

Todas las personas tenemos derecho a los servicos de salud que da el estado.
* Los deberes humanos :
  • Los deberes
    • Deberes ante la sociedad .-
Toda persona tiene el deber de convivir con las demás de manera que todas y cada una puedan formar y desenvolver integralmente su personalidad. (Artículo XXIX)
    • Deberes para con los hijos y padres .-
Toda persona tiene el deber de asistir, alimentar, educar y amparar a sus hijos menores de edad, y los hijos tienen el deber de honrar siempre a sus padres y el de asistirlos, alimentarlos y ampararlos cuando éstos lo necesiten.( Artículo XXX)
    • Deberes de instrucción .-
Toda persona tiene el deber de adquirir a lo menos la instrucción primaria. ( Artículo XXXI)
    • Deberes de sufragio .-
Toda persona tiene el deber de votar en las elecciones populares del país de que sea nacional, cuando esté legalmente capacitada para ello. ( Artículo XXXII)
    • Deber de obediencia a la Ley .-
Toda persona tiene el deber de obedecer a la Ley y demás mandamientos legítimos de las autoridades de su país y de aquél en que se encuentre. ( Artículo XXXIII)
    • Deber de servir a la comunidad y a la nación .-
Toda persona hábil tiene el deber de prestar los servicios civiles y militares que la Patria requiera para su defensa y conservación, y en caso de calamidad pública, los servicios de que sea capaz.( Artículo XXXIV)
    • Deberes de asistencia y seguridad sociales .-
Toda persona tiene el deber de cooperar con el Estado y con la comunidad en la asistencia y seguridad sociales de acuerdo con sus posibilidades y con las circunstancias.( Artículo XXXV)
    • Deber de pagar impuestos .-
Toda persona tiene el deber de pagar los impuestos establecidos por la Ley para el sostenimiento de los servicios públicos.( Artículo XXVI)
    • Deber de trabajo .-
Toda persona tiene el deber de trabajar, dentro de su capacidad y posibilidades, a fin de obtener los recursos para su subsistencia o en beneficio de la comunidad.( Artículo XXXVII)
    • Deber de abstenerse de actividades políticas en país extranjero .-
Toda persona tiene el deber de no intervenir en las actividades políticas que, de conformidad con la Ley, sean privativas de los ciudadanos del Estado en que sea extranjero.( Artículo XXXVIII)